En Cabeza la Vaca muchos de estos apellidos son de uso frecuente. La huella de este pueblo celta persiste en la comunidad, tanto en tradiciones como en la arqueología, como en el lenguaje y topónimos. Los pueblos del Norte llegaron a la Península y poblaron el Norte de la misma cuando en España solamente estaban sus pobladores naturales: los iberos. Se mezclan celtas e íberos, cuyo contingente más importante está al sur peninsular y de esta mezcla nacen los celtíberos. Celtas e íberos están presente en la población gallega hoy día, unos altos y rubios, otros no tanto y morenos. En Cabeza la Vaca y en Extremadura en general, pasa igual, unos individuos tiene piel clara, cabello y ojos claros; y otros son morenos de pelo oscuro. Otros individuos muestran la mezcla de ambos pueblos y comparten caracteres iberos con los celtas, personas morenas pueden tener los ojos azules. Cuando Roma invade la Península los celtas ocupaban gran parte del NO, especialmente presentes en Galicia y el...
La diosa Astarté es representada en un bocado de caballo, siglo VII a.C., sosteniendo dos sistros mientras se encuentra flanqueada por dos aves de alas extendidas. Astarté es la diosa dinástica del mundo ibérico. A lo largo de las excavaciones en santuarios ibéricos, ha salido a la luz una deidad femenina, de profundo arraigo y de estrecha relación con los monarcas de la antigua Iberia. Esta diosa, que inicialmente se documenta en el ibérico y en el ámbito tartésico, se alza como protectora de la institución monárquica, velando por el rey, su linaje y la ciudad en la que gobernaban. No solo amparaba a la familia real, sino que ejercía también una influencia fecundante que abarcaba desde la fertilidad humana hasta los campos y los animales. Como tal, su culto sobrepasaba el palacio y se extendía por el pueblo llano, ya que su poder sostenía la continuidad de la vida misma. Esta veneración de la diosa abarcó el Sur y parte del meridión peninsular, allá donde se encuentr...
Marcas de agua en el papel verjurado del libro de actas de sesiones del Pleno de 1611-1623 El acta de 31 de Diciembre de 1609 nos descubre la identidad del territorio de Cabeza la Vaca, es tierra de realengo. El concepto realengo viene a calificar jurisdiccionalmente a las zonas que dependen directamente del rey, su señor jurisdiccional es el rey. Este término es opuesto a señorío [1] . El terreno realengo no necesariamente implica que sea el rey el propietario de las tierras, éstas tienen sus propietarios alodiales [2] , obligados a pagar al rey los impuestos y cargas que correspondan. Lo que sí tiene el rey es la potestad de dar en señorío, ya sea por merced o por venta, ese territorio a un noble o a un eclesiástico. Así el mismo día, 31 de Diciembre de 1609, los alcaldes ordinarios condenaron a Diego Rodríguez Mozo por rompimiento de la sierra, lo que se hizo sin embargo de ...